A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Situación legal y reglamentaria
- Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 5º Administrativo Mixto del Circuito de Montería y el Juzgado 5º Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra del ICBF, pretendiendo la nulidad del acto administrativo mediante el cual se negó el reconocimiento de la relación laboral-administrativa que tuvo con la entidad, al haber realizado funciones como madre comunitaria por varios años.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo o normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones indicó la Corte que, la competencia judicial para conocer de las demandas que pretendan que se declare la existencia de una relación laboral en la calidad de empleado público y se dicten medidas de restablecimiento dirigidas a garantizar derechos laborales de ese tipo de vinculación, le corresponde a los jueces administrativos.
Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al Juzgado 5º Administrativo Mixto del Circuito de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 5º Administrativo Mixto del Circuito de Montería y el Juzgado 5º Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 5º Administrativo Mixto del Circuito de Montería conocer el proceso iniciado por la señora Albertina Herrera Avilez en contra del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-117 al Juzgado 5º Administrativo Mixto del Circuito de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 5º Laboral del Circuito de Montería y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.